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Todos los que empleen personal domestico deberán inscribir la relación laboral y cualquier modificación futura en un Registro Especial en la AFIP. El trámite se realiza por Internet con clave fiscal. En tanto, la AFIP presumirá que una persona tiene empleada domestica si percibe ingresos anuales por más de $ 500.000, o tiene un patrimonio de $ 305.000 o más. En caso de que no registre una empleada declarada, la AFIP determinará de oficio una deuda por aportes y contribuciones a la seguridad social. Este sistema se aplica en numerosas actividades. Se denomina IMT -- Indicadores Minimos de Trabajadores. Si el contribuyente no tiene servicio doméstico y recibe una notificación de la AFIP, deberá impugnar y demostrar que no le corresponde la deuda. También los empleadores de choferes de autos-remis tendrán que registrar al personal. Se estima que hay un millón de empleadas domésticas, de las cuales unas 300.000 están "en blanco", con aportes. Desde este mes, y el pago en los primeros días de junio, el aporte es de $ 135 ($ 35 jubilación y $ 100 obra social). Según la Resolución 3491 de la AFIP, habrá un Registro Especial de Seguridad Social, que comenzará a funcionar en junio. Para el personal de casas particulares, habrá plazo hasta el 30 de junio para informar las relaciones laborales existentes al 31 de mayo y las que se inicien después de esa fecha. Para los choferes de autos-remis el plazo se extiende hasta el 31 de julio. Luego habrá que registrar también todas las altas, bajas o modificaciones de datos. 

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